La extracción de órganos de donantes vivos en la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria

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Título: La extracción de órganos de donantes vivos en la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria
Título alternativo: Organ Removal from Living Donors in the New Voluntary Jurisdiction Act
Autor/es: Barceló-Doménech, Javier
Grupo/s de investigación o GITE: Grupo de Investigación en Materia de Responsabilidad Extracontractual | Discapacidad y Familia
Centro, Departamento o Servicio: Universidad de Alicante. Departamento de Derecho Civil
Palabras clave: Donación de órganos y trasplante | Donante vivo | Jurisdicción voluntaria | Organ donation and transplantation | Living donor | Voluntary jurisdiction
Área/s de conocimiento: Derecho Civil
Fecha de publicación: 2016
Editor: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales
Cita bibliográfica: Derecho Privado y Constitución. 2016, 30: 221-256. doi:10.18042/cepc/dpc.30.05
Resumen: La escasez crónica de órganos ha determinado que su donación por personas vivas —uno de los grandes avances de la Medicina— se convierta hoy en día en una importante fuente para los trasplantes (riñones, partes de hígado, pulmones, páncreas, intestinos, etc.). La donación en vida produce resultados superiores para el receptor en comparación con la donación post-mortem: tiempos de espera más cortos y mejor calidad de vida y de supervivencia en el receptor. Como consecuencia de sus acreditadas ventajas, muchos países han admitido la donación en vida, que es asimismo considerada como moralmente aceptable. En España, la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria de 2015 regula el expediente de extracción de órganos de personas vivas. La ley española establece, al igual que las regulaciones de otros países, que la declaración del consentimiento del donante sea formulada bajo supervisión y con aprobación de un juez; esta intervención judicial se dirige esencialmente a garantizar el consentimiento del donante libre, informado y desinteresado. Este trabajo es un estudio sobre este caso de jurisdicción voluntaria. | The chronical shortage of organs has made that living organ donation (LOD) — one of greatest advances in medical history — emerges as an important source of trasplant (kidneys, parts of liver, lungs, pancreas, intestines, etc.). LOD produces superior outcomes for the recipient compared to the diseased donation: shorter waiting times, better recipient survival and quality of life. As a result of its demostrated advantages, many countries have implemented LOD, that is also considered as morally justified. In Spain, the new Voluntary Jurisdiction Act of 2015 regulates the proceeding to extract organs from living donors. Spanish law provides, like that of other countries, that the statement of the donor’s consent should be formulated under the supervisión and with the approval of a Judge; this judicial intervention is intended substantially to ensure the free, informed and non-profit donor´s consent. This paper studies this case of voluntary jurisdiction.
URI: http://hdl.handle.net/10045/72288
ISSN: 1133-8768 | 1989-5542 (Internet)
DOI: 10.18042/cepc/dpc.30.05
Idioma: spa
Tipo: info:eu-repo/semantics/article
Derechos: © Centro de Estudios Políticos y Constitucionales
Revisión científica: si
Versión del editor: http://dx.doi.org/10.18042/cepc/dpc.30.05
Aparece en las colecciones:INV - Responsabilidad Civil - Artículos de Revistas
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