El orden público en tiempos de crisis. Un análisis crítico del empleo de la categoría de orden público en la respuesta del Tribunal Constitucional a la pandemia de la COVID-19

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Título: El orden público en tiempos de crisis. Un análisis crítico del empleo de la categoría de orden público en la respuesta del Tribunal Constitucional a la pandemia de la COVID-19
Título alternativo: Public order in times of crisis. A critical analysis of the use of the category of public order in the Spanish Constitutional Court response to the COVID-19 pandemic
Autor/es: García Ortiz, Adrián
Grupo/s de investigación o GITE: Grupo de Estudios Constitucionales del Estado y la Unión Europea (GECO-UE)
Centro, Departamento o Servicio: Universidad de Alicante. Departamento de Estudios Jurídicos del Estado
Palabras clave: Orden público | Pandemia | Derecho de excepción | Estado de alarma | Tribunal Constitucional | Public order | Pandemic | Emergency law | State of alarm | Spanish Constitutional Court
Fecha de publicación: 22-sep-2023
Editor: Universidad Carlos III de Madrid. Programa en Cultura de la Legalidad
Cita bibliográfica: Eunomía. Revista en Cultura de la Legalidad. 2023, 25: 161-183. https://doi.org/10.20318/eunomia.2023.7995
Resumen: Pese a su trascendencia como cláusula habilitadora del estado de excepción y, en consecuencia, de suspensión de derechos fundamentales, el Tribunal Constitucional, en su sentencia 148/2021, que declara la inconstitucionalidad del estado de alarma decretado para la gestión de la pandemia de la COVID-19, resuelve en un solo párrafo y sin apoyo en su propia jurisprudencia, el significado y el alcance del orden público. El presente trabajo trata de analizar las causas de técnica jurídica que han conducido al Tribunal Constitucional a concebir el orden público en sentido amplio y los riesgos que ello conlleva, partiendo del análisis del concepto y caracterización del orden público en general y, en concreto, en el Derecho español, en que han convivido dos acepciones del término: como sistema constitucional de valores y como normalidad democrática o ausencia de conflicto. | Despite its transcendence as an enabling clause for a state of emergency and, consequently, for the suspension of fundamental rights, the Spanish Constitutional Court, in its 148/2021 ruling, which declares the unconstitutionality of the state of alarm decreed for the management of the COVID-19 pandemic, resolves the meaning and scope of public order in a single paragraph and without support in its own jurisprudence. This paper tries to analyse the causes of legal technique that have led the Constitutional Court to conceive of public order in a broad sense and the risks that this entails, based on an analysis of the concept and characterisation of public order in general and, specifically, in Spanish law, in which two meanings of the term have coexisted: as a constitutional system of values and as democratic normality or absence of conflict.
Patrocinador/es: Este artículo ha sido elaborado en el marco del Proyecto de Investigación «El reto de la normativa COVID para los derechos fundamentales. Una perspectiva interdisciplinar» (PID2020-113472RB-100), financiado por el Ministerio de Ciencia e Innovación del Gobierno de España.
URI: http://hdl.handle.net/10045/137683
ISSN: 2253-6655
DOI: 10.20318/eunomia.2023.7995
Idioma: spa
Tipo: info:eu-repo/semantics/article
Derechos: Licencia Creative Commons Reconocimiento-SinObraDerivada 3.0 España
Revisión científica: si
Versión del editor: https://doi.org/10.20318/eunomia.2023.7995
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