Intereses de demora y devolución de ingresos tributarios indebidos en la nueva LGT

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Título: Intereses de demora y devolución de ingresos tributarios indebidos en la nueva LGT
Autor/es: Martínez Giner, Luis Alfonso
Grupo/s de investigación o GITE: Derecho Financiero y Tributario
Centro, Departamento o Servicio: Universidad de Alicante. Departamento de Disciplinas Económicas y Financieras
Palabras clave: Ley 58/2003 | Intereses de demora | Devolución de ingresos tributarios
Fecha de publicación: 2004
Editor: Centro de Estudios Financieros
Cita bibliográfica: Estudios Financieros. 2004, 69: 89-116. https://doi.org/10.51302/rcyt.2004.16143
Resumen: La posibilidad de que la Administración Pública se viera obligada al pago de intereses por el retraso o demora en el cumplimiento de sus obligaciones ha sido uno de los aspectos más controvertidos que han configurado la posición deudora de la Hacienda Pública. Especialmente relevante es la regulación que de los intereses por demora ha de abonar la Administración Tributaria obligada a devolver deudas tributarias indebidamente ingresadas. La nueva Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria nos ofrece una idónea oportunidad para plantear los déficit de regulación y las novedades de la misma en relación con la cuestión de los intereses de demora con ocasión de la devolución de ingresos indebidos. La determinación del contenido de la obligación de devolución, destacando especialmente la prestación accesoria en que consiste el interés de demora, es uno de los aspectos esenciales donde valorar tales extremos. En particular debe destacarse la introducción de una norma específica que determina los intereses que procede devolver en los casos de tributos ingresados fraccionadamente que son declarados total o parcialmente indebidos. En efecto, el artículo 32.3 de la nueva LGT es el adecuado banco de pruebas donde verificar la existencia de un tratamiento equilibrado entre las posiciones jurídicas de la Hacienda Pública deudora y el contribuyente a la hora de determinar los intereses por demora que han de abonar una y otros, teniendo en cuenta la filosofía que ha de presidir el mecanismo de la devolución de ingresos indebidos que no es otra que la de conseguir la indemnidad jurídica y económica del contribuyente que realizó un ingreso indebido, y ello con independencia de si tal ingreso se produjo de forma fraccionada o no.
URI: http://hdl.handle.net/10045/136914
ISSN: 1138-9540
DOI: 10.51302/rcyt.2004.16143
Idioma: spa
Tipo: info:eu-repo/semantics/article
Derechos: Licencia Creative Commons BY-NC-ND 4.0
Revisión científica: si
Versión del editor: https://doi.org/10.51302/rcyt.2004.16143
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