La prestación por desempleo derivada del despido

Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/10045/134358
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Título: La prestación por desempleo derivada del despido
Autor/es: Viqueira Pérez, Carmen
Grupo/s de investigación o GITE: Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Centro, Departamento o Servicio: Universidad de Alicante. Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Palabras clave: Prestación por desempleo | Despido
Fecha de publicación: 2003
Editor: Centro de Estudios Financieros (CEF)
Cita bibliográfica: Revista de Trabajo y Seguridad Social. CEF. 2003, 245-246: 75-102. https://doi.org/10.51302/rtss.2003.8699
Resumen: La Ley 45/2002 lleva a cabo una reforma del sistema de protección por desempleo que, aun dejando inalterado gran parte del esquema sobre el que la protección descansa, afecta a alguno de sus aspectos fundamentales. Uno de esos aspectos fundamentales que la norma modifica es el acceso a la prestación. En este ámbito, la modificación más llamativa –aunque no la más importante– es la relativa a la exigencia de suscripción del «compromiso de actividad» como nuevo requisito de acceso a la protección. Pero la norma también altera el requisito de acceso «clásico»; la involuntariedad en la pérdida del empleo [o, en términos técnicos, sobre la situación legal de desempleo], mediante la modificación de la situación legal de desempleo por despido. Uno y otro cambio constituyen, en el plano dogmático, las más importantes repercusiones de la reforma, por cuanto inciden en los pilares básicos sobre los que descansa la noción de desempleo protegible, y, desde el punto de vista técnico-jurídico, representan las modificaciones de mayor trascendencia, por lo que suponen de ruptura con la normativa anterior y porque de ellas trae su causa la mayoría de las restantes modificaciones introducidas por la reforma. El hondo calado que tiene la nueva definición de la situación legal de desempleo por despido se evidencia si se tiene en cuenta que con ella no sólo se redefine uno de los elementos clave que abre o cierra el acceso a la protección, sino que, además, fruto de esta modificación, resultan también alterados algunos aspectos importantes de la dinámica del derecho, como son su nacimiento o su suspensión. Puede decirse, por eso, que realmente la norma articula un nuevo régimen de la prestación originada por el despido, con todo lo que ello implica. Y es que la dinámica de la prestación por desempleo derivada de despido actúa como patrón de la dinámica que rige la prestación derivada de la práctica generalidad de los restantes supuestos extintivos que dan lugar al acceso a la protección. Al análisis de los problemas que puede plantear la aplicación de esta regulación se dedica este estudio.
URI: http://hdl.handle.net/10045/134358
ISSN: 2792-8314 | 2792-8322 (Internet)
DOI: 10.51302/rtss.2003.8699
Idioma: spa
Tipo: info:eu-repo/semantics/article
Derechos: Licencia Creative Commons BY-NC-ND 4.0
Revisión científica: si
Versión del editor: https://doi.org/10.51302/rtss.2003.8699
Aparece en las colecciones:INV - Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social - Artículos de Revistas

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