Pérez Bernabeu, Begoña La necesaria tramitación de un procedimiento interno de recuperación de ayudas de Estado según la jurisprudencia del Tribunal Supremo Crónica Tributaria. 2014, Extra 1: 27-35 URI: http://hdl.handle.net/10045/40720 DOI: ISSN: 0210-2919 Abstract: La supresión de una ayuda estatal ilegal mediante su recuperación es la consecuencia lógica de su ilegalidad, siendo el principal objetivo de este reembolso eliminar la distorsión de la competencia provocada por la ventaja competitiva procurada por la ayuda ilegal. Las normas básicas sobre recuperación de ayudas de Estado se recogen en el reglamento 659/1999, del que es clave de bóveda su artículo 14 al consagrar en este ámbito el principio de autonomía institucional, lo que se traduce en que deberá ser el Estado afectado el que tome las medidas necesarias para llevar a cabo la recuperación al efecto y, por lo tanto, el proceso de devolución está supeditado a la legislación nacional, siempre que permita la ejecución inmediata y efectiva de la Decisión de la Comisión. No obstante, España no cuenta con base legal suficiente para cumplir con la obligación de recuperación impuesta por la Comisión Europea, por lo que la recuperación de ayudas de Estado ilegales en España encuentra importante dificultades. En este contexto, resultan sumamente aclaratorios los pronunciamientos de nuestro Tribunal Supremos de 13 de mayo de 2013 (STS 3083/2013) y de 14 de octubre de 2013 (STS 4968/2013) en los que el TS exige la tramitación de un procedimiento de recuperación de las ayudas, rechazando la recuperación automática y de plano. Keywords:Ayudas de Estado, Recuperación de Ayudas de Estado, Tribunal Supremo Instituto de Estudios Fiscales info:eu-repo/semantics/article